Para las Operadoras, constituye una infracción administrativa leve:
Cobrar por la prestación de servicios, tarifas superiores a las reguladas por la autoridad de tránsito competente
Ofrecer servicios de transporte y carga, distintos a los autorizados o permitidos dentro del título habilitante otorgado
Proveer información inexacta o incompleta a las autoridades administrativas de TransporteTerrestre, Tránsito y Seguridad Vial
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Las personas con discapacidad pagarán una tarifa preferencial de:
Realiza un examen similar al que se toma en la Agencia Nacional de Tránsito ANT, con preguntas aleatorias y un tiempo determinado para responder. Obtén un puntaje y comprueba tus conocimientos
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