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Pregunta de: Licencia Tipo A, Licencia Tipo A1, Licencia Tipo B, Licencia Tipo C, Licencia Tipo C1, Licencia Tipo D, Licencia Tipo E, Licencia Tipo F, Licencia Tipo G

Según el Código Integral Penal vigente, conducir a exceso de velocidad, y ocasionar un siniestro de tránsito del que resulte la muerte de una o más personas, tiene una sanción de:

A)  

Pena privativa de la libertad de 6 a 11 meses

B)  

Pena privativa de la libertad de 3 a 5 años

C)  

Pena privativa de la libertad de uno a tres años

Soluciones

angel

hace 28 días

Solución

0

Art. 377.- Muerte culposa.- La persona que ocasione un accidente de tránsito del que resulte la
muerte de una o más personas por infringir un deber objetivo de cuidado, será sancionada con pena
privativa de libertad de uno a tres años, suspensión de la licencia de conducir por seis meses una
vez cumplida la pena privativa de libertad.
Serán sancionados de tres a cinco años, cuando el resultado dañoso es producto de acciones
innecesarias, peligrosas e ilegítimas, tales como:
1. Exceso de velocidad.
2. Conocimiento de las malas condiciones mecánicas del vehículo.
3. Llantas lisas y desgastadas.
4. Haber conducido el vehículo más allá de las horas permitidas por la ley o malas condiciones
físicas de la o el conductor.
5. Inobservancia de leyes, reglamentos, regulaciones técnicas u órdenes legítimas de las
autoridades o agentes de tránsito.

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